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Trabajo de las Mujeres

By colmena | Sin categorizar | Comments are Closed | 27 julio, 2023 | 0

Chihuahua, Chih., 28 de Julio, 2023.

 

Estimados Clientes y Amigos,

El presente boletín tiene el objetivo de  dar a conocer el trabajo de las mujeres, quienes disfrutan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres, propósito fundamental, la protección de la maternidad.

Cuando se ponga en peligro la salud de la mujer, o la del producto, ya sea durante el estado de gestación o el de lactancia y sin que sufra perjuicio en su salario, prestaciones y derechos, no se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres o peligrosas, trabajo nocturno industrial, en establecimientos comerciales o de servicio después de las diez de la noche, así como en horas extraordinarias.

Son labores peligrosas o insalubres las que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas y biológicas del medio en que se presta, o por la composición de la materia prima que se utilice, son capaces de actuar sobre la vida y la salud física y mental de la mujer en estado de gestación, o del producto.

Las madres trabajadoras tendrán los siguientes derechos:

  • Durante el período del embarazo, no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación.
  • Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto.
  • En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con goce de sueldo.
  • En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado;
  • A regresar al puesto que desempeñaban, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto; y
  • A que se computen en su antigüedad los períodos pre y postnatales.

Quedando a sus órdenes en caso de requerir una explicación de mayor profundidad.

Atte.: Lic. Jesús Israel Perales Piña

 

Referencia: LFT (Última Reforma DOF 27-12-2022), Titulo Quinto, Trabajo de las Mujeres, artículos 164-172

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