Chihuahua, Chih., 8 de enero de 2019.
Estimados Clientes y Amigos,
El pasado 26 de diciembre de 2018 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), que fija los salarios mínimos general y profesionales vigentes a partir del 1º de enero de 2019.
El Consejo de Representantes en la presente fijación salarial enfatiza la utilización del mecanismo MIR (Monto Independiente de Recuperación), el cual tiene como propósito único y exclusivo; contribuir a la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general y no debe ser utilizado como referente para fijar incrementos de los demás salarios vigentes en el mercado laboral.
Para efectos de la aplicación del salario mínimo general, el país queda dividido en dos áreas geográficas:
1. El área geográfica denominada “Zona Libre de la Frontera Norte” (ZLFN) integrada por los 43 municipios que hacen frontera con Estados Unidos de Norteamérica, y en la cual el salario mínimo general que habrá de regir a partir del 1º de enero de 2019 será de $176.72 pesos diarios.
2. El área de Salarios Mínimos Generales, integrada por el resto de los municipios del país y las demarcaciones territoriales (alcaldías) de la Ciudad de México, y en la cual el salario mínimo general que habrá de regir a partir del 1º de enero de 2019 será de $102.68 pesos diarios.
Los salarios mínimos profesionales para las profesiones, oficios y trabajos especiales, y vigentes a partir del 1º de enero de 2019 en toda la República Mexicana se encuentran disponibles para consulta en el siguiente vínculo.
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5547224&fecha=26/12/2018