Chihuahua, Chih., 8 de febrero, 2021.
Estimados Clientes y Amigos,
Por medio de la presente, nos permitimos informarles que el día 02 de febrero de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se determinan los montos mínimos respecto de los cuales no se aplicará lo dispuesto en el Capítulo Único del Título Sexto del Código Fiscal de la Federación, denominado De la Revelación de Esquemas Reportables, mismo que entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.
El Acuerdo señala que no le serán aplicables las disposiciones previstas a los asesores fiscales o contribuyentes respecto de los esquemas reportables establecidas en el artículo 199 del Código Fiscal de la Federación, siempre que se trate de esquemas reportables personalizados, y que el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener, no exceda de 100 millones de pesos.
Así mismo, se tiene como finalidad el establecer que, en los casos en que el mismo contribuyente cuente de manera conjunta con más de un esquema reportable personalizado, y los cuales lo involucren o esperen involucrarlo, y que se estén implementado o bien, se pretendan implementar en al menos un ejercicio fiscal en común, se deberá considerar el monto agregado del beneficio fiscal obtenido o que se espere obtener, a través de la TOTALIDAD de los esquemas reportables personalizados mencionados, esto en relación al monto de 100 millones de pesos aludido.
Para más información acerca de este tema, favor de contactar al Lic. Sergio Humberto Salas Medrano, Socio del Área Fiscal y Administrativa, en la dirección de correo electrónico ssalas@iclmx.com.
Lic. Sergio H. Salas Medrano.
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