Chihuahua, Chih., 18 de enero, 2021.
Estimados Clientes y Amigos,
Por medio de la presente, nos permitimos informarles que el día 29 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2021 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2021, por lo que nos permitimos mencionarle a continuación las principales reglas que contiene:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR):
- Figuras jurídicas extranjeras. Regla 3.1.22. Se modifica esta regla para eliminar la referencia a participación promedio diaria, así como la mecánica para determinarla.
- Pérdida deducible en venta de acciones. Regla 3.3.1.46. Se deroga la regla referente al aviso que se tiene que presentar derivado de la determinación de una pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos valor fuera de Bolsa de Valores, el cual ya existe hoy en una ficha técnica (4/ISR). Se entiende que con esta regla solo se está dando fundamento a que dicho aviso se presente a través de dicha ficha.
- Operaciones de maquila. Reglas 3.20.9. y 3.20.10. Se adicionan las referidas reglas, en la que se dispone el procedimiento para determinar el valor total de los activos utilizados en la operación de maquila durante el ejercicio fiscal, y se señala la obligación de presentar la declaración informativa conforme a la ficha de trámite 118/ISR “Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación (DIEMSE)”. Dichas disposiciones estaban señaladas en la Sección 2.8.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2019.
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA):
- Devolución inmediata de saldo a favor del IVA a personas que retengan el impuesto por la adquisición de desperdicios. Regla 4.1.1.
- Devolución de saldos a favor del IVA generado por proyectos de inversión en activo fijo. Regla 4.1.6.
- Entero de retenciones de IVA en servicios de personal. Regla 4.1.11.
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:
- Procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación. Regla 2.1.32.
- Aseguramiento precautorio efectuado a terceros relacionados con el contribuyente o responsable solidario.
- Procedimiento para restringir temporalmente el uso de Certificado de Sello Digital (CSD) para la expedición de CFDI y para subsanar la irregularidad o desvirtuar la causa detectada. Regla 2.2.14.
- Devolución de saldos a favor del IVA para contribuyentes que producen y distribuyen productos destinados a la alimentación, para los contribuyentes que producen y distribuyen medicinas de patente. Reglas 2.3.13 y 2.3.14.
- Verificación de la clave en el RFC de los socios, accionistas o representantes legales. Regla 2.4.21.
- CFDI que podrá acompañar el transporte de mercancías. Regla 2.7.1.9.
- Presentación de dictamen fiscal 2020. Regla 2.12.2.
- Presentación y pago de declaraciones complementarias de pagos provisionales o definitivos. Regla 2.8.4.4.
- Presentación de declaraciones complementarias del ejercicio de personas físicas y personas morales. Regla 2.8.4.5.
Para más información acerca de este tema, favor de contactar al Lic. Sergio Humberto Salas Medrano, Socio del Área Fiscal y Administrativa, en la dirección de correo electrónico ssalas@iclmx.com.
Lic. Sergio H. Salas Medrano.
Inintegrum Corporación Legal, S.C.