Chihuahua, Chih., 23 de Mayo, 2025
Estimados clientes, socios de negocio y amigos:
Por medio de la presente, nos permitimos informarles que el día 15 de mayo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un ACUERDO mediante el cual el INFONAVIT concede una prórroga a los patrones, respecto a la reciente reforma al artículo 29 de la Ley de ese Instituto, la cual consiste en la eliminación de la suspensión de descuentos por concepto de amortizaciones por créditos de vivienda, en caso de ausencia o incapacidad de los trabajadores.
Lo anterior, ante la necesidad de otorgarse un periodo de adaptación para los patrones que les permita realizar los ajustes tecnológicos y de procesos necesarios para la implementación de la modificación al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT.
Por lo tanto, la aplicación de la disposición referida, será a partir del pago de salarios respecto al cuarto bimestre de 2025; esto es, el correspondiente a los meses de julio y agosto, que deberá realizarse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.
Finalmente, se hace el puntual señalamiento que, una vez que sea aplicada por parte de las empresas la reforma, se contará con un plazo de 15 días hábiles posteriores al primer acto de aplicación para la tramitación de un juicio de amparo, específicamente, en contra del párrafo segundo del artículo 29 de la citada Ley.
Para más información acerca de este tema, favor de contactar al Lic. Sergio Humberto Salas Medrano, Socio del Área Fiscal y Administrativa, en la dirección de correo electrónico ssalas@iclmx.com y en el número celular (614)235-47-47.