Chihuahua, Chih., 4 de Marzo, 2024
Estimados Clientes y Amigos,
Como parte del cumplimiento en materia de seguridad social, corporativa y fiscal, es importante conocer los nuevos requisitos acordados el pasado 21 de febrero del año en curso publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que deberán cumplir tanto las personas físicas como morales que deseen estar inscritas en el padrón público de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas.
Mismos requisitos se encuentran vigentes a partir de del 22 de febrero de 2024:
De renovación:
- La renovación en registro REPSE debe ser tramitada cada tres años y llevarse acabo tres meses antes de que venza su licencia.
Los nuevos requisitos son los siguientes:
- Proporcionar las actividades que se desean registrar
- Estar al corriente con sus obligaciones fiscales y en materia de Seguridad Social, (SAT, IMSS e INFONAVIT).
- Detallar con precisión servicio que desea prestar o el tipo de obra que desee ejecutar. Aportar información y documentación bajo protesta de decir verdad. (capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia entre otros.)
- En caso de personas físicas, actividad a registrar se debe encontrar dentro de su constancia de situación fiscal.
Para los procedimientos de registro y renovación
- Se realizará por medio de un folio de ingreso, el cuál la Secretaría dentro de los siguientes 20 días hábiles resolverá.
- Una vez generado el aviso de renovación el cuál contendrá el número de registro y número de folio de actividad por cada servicio u obra especializada registrada, la STPS procederá a realizar la renovación en el REPSE.
- Los 3 años de vigencia contarán a partir de la fecha en que han quedado inscritas en el REPSE.
- Para la renovación se habilitó en https://repse.stps.gob.mx/ un apartado “Renovación de Registro”, que permitirá realizar el proceso solamente sí está dentro de los 3 meses anteriores a la inscripción original
- Cuando no se lleve a cabo el proceso de renovación dentro de los plazos y términos, el registro se cancela y se deberá comenzar con un nuevo proceso de registro
- Se debe dar a conocer de la renovación al padrón REPSE a los beneficiarios de los servicios u obras especializadas.
Por lo anterior, nos permitimos comentarles que nuestra firma de abogados se encuentra preparada a efecto de brindar el apoyo necesario a las empresas que requieran la asesoría necesaria para llevar a cabo el cumplimiento cabal de las obligaciones anuales y poder apoyarlos en prevenir cualquier riesgo legal en la materia.
Puede contactar al licenciado Jesús Perales al correo jperales@iclmx.com para más información en este tema.