Chihuahua, Chih., 18 de marzo, 2020.
Estimados Clientes y Amigos,
Ante la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS) del coronavirus COVID-19, como pandemia y los crecientes casos de contagio en México, existen varias implicaciones jurídicas que podrían afectar el desempeño de su empresa. Como podría ser cuestiones relativas a la alteración en cadenas de producción y suministro.
Las denominadas «cláusulas de fuerza mayor» son de particular relevancia en este contexto, ya que éstas prevén el impedimento que sobreviene en el cumplimiento de alguna obligación, debido a un suceso extraordinario y ajeno a la voluntad y/o control de las partes. En ese sentido, se puede liberar a una parte del cumplimiento de su obligación y por ende, de una pena convencional (en caso de estar pactada) y/o el pago de daños. Para que esto suceda se deben de reunir diversas características que pueden estar previstas en el Contrato, o en su defecto en la legislación.
Para determinar si la situación actual encaja en los términos y condiciones establecidos en su contrato, orden de compra o la legislación, es necesario llevar a cabo un análisis detallado de las condiciones de la operación y de la cláusula en mención. Las cláusulas estándar comúnmente utilizadas definen e incluyen una lista no exhaustiva de todas las cuestiones que se entenderían como un supuesto de fuerza mayor, ya que se establece un listado de acontecimientos imprevistos como puede ser una pandemia, en este caso el COVID-19.
No obstante lo anterior, la redacción de dichos términos y condiciones pueden o no ser claras respecto de si dicha circunstancia puede considerar como un caso fortuito o de fuerza mayor. Es por lo anterior que cada evento debe evaluarse a la luz de los hechos concretos de que se trate para evitar que se origine un incumplimiento involuntario.
En caso que el contrato o la orden de compra no prevea una cláusula de fuerza mayor; o en caso de que exista duda si el contexto actual encaja en dicha cláusula; o bien que alguna de las partes ya sea proveedor o cliente excuse su cumplimiento; o bien, usted crea que su empresa será afectada por el brote de COVID-19, nos permitimos comentarles que nuestra firma de abogados se encuentra preparada a efecto de brindar el apoyo necesario a las empresas que requieran asesoría en la materia para apoyarlos a prevenir cualquier riesgo legal que se origine de la situación actual.
Puede contactar a los licenciados Rolando Castellanos Macal en rcastellanos@iclmx.com; y Jorge Almanza Ríos en jalmanza@iclmx.com; para cualquier información adicional que necesite.
Como siempre, nos reiteramos a sus órdenes.