Chihuahua, Chih., 5 de Septiembre, 2024
En el día a día de sus empresas se realizan invitaciones a proveedores para que participen en licitaciones, se llevan a cabo negociaciones y se extienden ofertas que puedan culminar en la contratación de servicios y/o celebración de contratos de diversa naturaleza.
Por su parte, existen casos donde dicha contratación o celebración de contratos no se lleva a cabo por decisión unilateral del contratante.
Ahora bien, esta firma de abogados recomienda ampliamente que, se realicen revisiones a sus formatos de ofertas y licitaciones, así como que se comparta la información al departamento de compras ya que, existen casos donde el proveedor podrá demandar los gastos en los que incurrió en la preparación para poder prestar un servicio o para dar cumplimiento a un contrato que fue cancelado unilateralmente por el contratante sin causa justificada.
Lo anterior, con base en lo indicado por un Tribunal Colegiado de Circuito en una tesis que ha sido utilizada por proveedores para exigir judicialmente el pago de daños causados por el contratante que ha roto los tratos o negociaciones sin motivo justo o atendible, cuando estos hayan llegado al punto en que ya era inminente la firma del contrato o aceptación.
Por lo anterior, nuestra firma de abogados se encuentra preparada a efecto de brindar el apoyo necesario a las empresas que requieran la asesoría en este tema.
Puede contactar a los licenciados Rolando Castellanos Macal en rcastellanos@iclmx.com; y Jorge Almanza Ríos en jalmanza@iclmx.com; para cualquier información adicional que necesite.