• Español
(+52) 614 443 9498
contacto@iclmx.com
A member of Law Alliance
ICLICLICLICL
  • Inicio
  • Nuestra Firma
  • Áreas de práctica
  • Publicaciones

Restricciones Extraordinarias en la Movilidad en el Estado de Chihuahua por la Pandemia

By colmena | Sin categorizar | Comments are Closed | 5 noviembre, 2020 | 0

Chihuahua, Chih., 5 de noviembre, 2020.

 

Estimado Clientes y amigos,

Hacemos de su conocimiento información de suma importancia para su administración y negocio.

Con esta fecha, en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua (POF), fue publicado, el Acuerdo No 127/2020, por medio del cual y de “manera temporal”, se dejan sin efecto las disposiciones establecidas en el sistema de semaforización sanitaria puntualizadas en el Anexo 1 del acuerdo No 102/2020, debiendo acatarse en forma puntual las disposiciones contenidas en el referido ordenamiento en cuanto a los diferentes giros que se desarrollan en el Estado de Chihuahua, así como en los horarios permitidos hasta en tanto dicha determinación sea avalada por la autoridad sanitaria de la entidad, en coordinación con el Consejo Estatal de Salud; para tal efecto deberá acordarse su reforma o abrogación una vez que existan condiciones sanitarias propicias y suficientes que permitan garantizar la continuidad de la paulatina reapertura de los diversos establecimientos y permita además, la reanudación gradual de las actividades que se había efectuado de forma escalonada en términos del referido sistema de semaforización sanitaria implementado por la autoridad.

La anterior determinación se adopta debido al avance de la pandemia en el Estado de Chihuahua, con la finalidad de generar en la ciudadanía una respuesta responsable y objetiva de inhibir el riesgo de contagios y defunciones por COVID-19, destacando que la disposición en mención, establece un horario de restricción en la operación de todas las actividades y establecimientos en el estado de Chihuahua, exceptuando aquellos que se detallan y puntualizan, deberán operar durante el horario de restricción por considerarse prioritarios.

Se destaca también que, con la finalidad de disminuir el riesgo de contagio durante el traslado de personas, quedan definidos en forma puntual los horarios y criterios específicos para las diversas modalidades del sistema de transporte en el Estado de Chihuahua, debiendo si excepción ser acatadas las disposiciones contenidas en el mencionado acuerdo en cuanto a giros y horarios permitidos hasta en tanto la determinación sea revisada por la autoridad sanitaria.

En forma puntual la autoridad Estatal se enfoca en otorgar prioridad a la salud de la población detallando los siguientes aspectos puntuales a seguir.

PRIMERO. Se establece como horario de restricción para limitar la movilidad dentro del territorio del Estado de Chihuahua, el comprendido de lunes a jueves de las 19:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente y los días viernes de las 19:00 horas hasta el lunes siguiente a las 6:00 horas.

SEGUNDO. Se deberán acatar las disposiciones establecidas en el color rojo del semáforo de riesgo COVID-19 en aquellos horarios distintos al horario de restricción previsto en el presente Acuerdo.

TERCERO. Se ordena el cierre y la suspensión de todas las actividades y establecimientos en el Estado de Chihuahua durante el horario de restricción. Las actividades y establecimientos que se detallan en el acuerdo (Acuerdo 127/2020) serán las únicas que se podrán realizar o continuarán operando en el Estado durante el horario de restricción.

CUARTO. La actividad industrial en el Estado de Chihuahua, con el aforo y restricciones previstas en el semáforo correspondiente, podrá laborar de lunes a viernes sin restricción de horario y deberá suspender actividades el sábado y el domingo.

Adicional a lo señalado, se establecen restricciones trascendentes en cuanto a las reglas “permanentes” que prevalecerán a partir del día 05 de noviembre próximo, en el sistema de transporte público en sus diversas modalidades en todo el Estado de Chihuahua.

El acuerdo entrara en vigor al día siguiente de su publicación y estará sujeto a las periódicas revisiones que realicen las autoridades sanitarias en conjunto con el Consejo Estatal de Seguridad, entidad que determinara su vigencia, quedando sin efectos en forma “temporal” las disposiciones contrarias en materia de semaforización sanitarias previstas en el Anexo 1 del Acuerdo 102/2020, publicadas en el (POE) en pasado 10 de agosto, reformado mediante los acuerdos 109/2020 y 120/2020, publicados los días 31 de agosto y 22 de octubre del 2020.

En virtud de lo anterior, esta firma de abogados se reitera a sus órdenes para cualesquier duda o comentario relacionado con la información que se precisa, procurando que su negocio encuentre una acertada toma de decisiones en su administración y cumplimiento al tema particular.

 

Responsable de la publicación:

Lic. Daniel Alfonso Jiménez Lara / Socio del Grupo de Práctica Laboral.

No tags.

colmena

More posts by colmena

Related Posts

  • Simplificación y mejora administrativa para trámites migratorios

    By colmena | Comments are Closed

    Chihuahua, Chih., Agosto 15, 2025 Estimados Clientes y Amigos, Por medio del presente, nos permitimos informarles que el día 25 de julio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), unRead more

  • Jurisprudencia: Devoluciones Rechazadas Por Cuestiones Formales

    By colmena | Comments are Closed

    Chihuahua, Chih., Agosto 1, 2025 Estimados Clientes y Amigos, Por medio del presente, les informamos que, recientemente la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la jurisprudencia con el rubroRead more

  • Revalidación de Permiso General SEDENA

    By colmena | Comments are Closed

    Chihuahua, Chih., 31 de Julio, 2025 Estimados clientes, socios de negocio y amigos: Como parte del cumplimiento de las empresas que cuentan con un Permiso General expedido por la Dirección General del Registro Federal deRead more

  • Reforma a la Ley Antilavado 2025: Nuevas Obligaciones

    By colmena | Comments are Closed

    Chihuahua, Chih., 25 de Julio, 2025 Estimados clientes, socios de negocio y amigos: El 16 de julio de 2025, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que seRead more

  • Boletín Laboral donde la Secretaria del Trabajo y Previsión Social estable las reglas para la prevención de riesgos en relación con la denominada “Ley Silla”

    By colmena | Comments are Closed

    Chihuahua, Chih., 21 de Julio, 2025 Estimados clientes, socios de negocio y amigos: El 17 de julio de 2025, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación unaRead more

Search

Recent Posts

  • Simplificación y mejora administrativa para trámites migratorios
  • Jurisprudencia: Devoluciones Rechazadas Por Cuestiones Formales
  • Revalidación de Permiso General SEDENA
  • Reforma a la Ley Antilavado 2025: Nuevas Obligaciones
  • Boletín Laboral donde la Secretaria del Trabajo y Previsión Social estable las reglas para la prevención de riesgos en relación con la denominada “Ley Silla”

Archives

  • agosto 2025
  • julio 2025
  • junio 2025
  • mayo 2025
  • abril 2025
  • marzo 2025
  • febrero 2025
  • enero 2025
  • diciembre 2024
  • octubre 2024
  • septiembre 2024
  • julio 2024
  • junio 2024
  • mayo 2024
  • febrero 2024
  • diciembre 2023
  • octubre 2023
  • agosto 2023
  • julio 2023
  • junio 2023
  • abril 2023
  • marzo 2023
  • febrero 2023
  • enero 2023
  • diciembre 2022
  • noviembre 2022
  • octubre 2022
  • septiembre 2022
  • julio 2022
  • junio 2022
  • mayo 2022
  • abril 2022
  • marzo 2022
  • febrero 2022
  • enero 2022
  • diciembre 2021
  • octubre 2021
  • julio 2021
  • junio 2021
  • mayo 2021
  • abril 2021
  • marzo 2021
  • febrero 2021
  • enero 2021
  • diciembre 2020
  • noviembre 2020
  • octubre 2020
  • agosto 2020
  • julio 2020
  • junio 2020
  • mayo 2020
  • abril 2020
  • marzo 2020
  • febrero 2020
  • enero 2020
  • diciembre 2019
  • noviembre 2019
  • octubre 2019
  • septiembre 2019
  • junio 2019
  • mayo 2019
  • abril 2019
  • marzo 2019
  • febrero 2019
  • enero 2019
  • diciembre 2018
  • octubre 2018
  • septiembre 2018
  • agosto 2018
  • julio 2018
  • junio 2018
  • abril 2018
  • marzo 2018
  • febrero 2018
  • enero 2018
  • diciembre 2017
  • noviembre 2017
  • octubre 2017

Categories

  • Blog
  • Sin categorizar

Meta

  • Acceder
  • Feed de entradas
  • Feed de comentarios
  • WordPress.org

CONTÁCTANOS

Barranca del Cobre 3212
Fraccionamiento Barrancas
Chihuahua, Chihuahua 31123
TEL: (52) 614 443 9498
contacto@iclmx.com


ALL RIGHTS RESERVED 2021 | ININTEGRUM CORPORACION LEGAL SC | AVISO DE PRIVACIDAD | COLMENA MKT WEB DEVELOPMENT
  • Inicio
  • Nuestra Firma
  • Áreas de práctica
  • Publicaciones
  • Español
ICL
  • Español