Chihuahua, Chih., 20 de noviembre, 2019.
Estimados Clientes y Amigos,
Con fecha 08 de noviembre del presente año, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma a diversos artículos de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada; la Ley de Seguridad Nacional; los Códigos Nacional de Procedimientos Penales; Fiscal de la Federación; y Penal Federal; en relación a las empresas fantasma y operaciones simuladas, misma que entrará en vigor el 1 de enero del 2020.
Entre los artículos que abarca la reforma mencionada, se destacan el artículo 2 de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional, los artículos 167, 187, 192 y 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el artículo 113 bis del Código Fiscal de la Federación y el artículo 11 del Código Penal Federal.
En dicha reforma, se establece que se considerarán delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa las llamadas “empresa fantasma” y las relacionadas con las “facturas falsas”, considerando que éste sea un delito similar al contrabando y su equiparable. De igual forma, se tipifica como delito “la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados”.
Para más información acerca de este tema, favor de contactar al Lic. Sergio Humberto Salas Medrano, Socio del Área Fiscal y Administrativa, en la dirección de correo electrónico ssalas@iclmx.com, así como a la Lic. Ana Gabriela Moreno Luna, en la dirección de correo electrónico amoreno@iclmx.com, y al Lic. Fernando Antonio Borunda Bustamante en la dirección de correo electrónico fborunda@iclmx.com
Lic. Sergio H. Salas Medrano.
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